El Reglamento REACH (Registration, Evaluation, Authorisation and Restriction of Chemicals) es una de las legislaciones más extensas y complejas aprobadas por la Unión Europea. Adoptado en 2006 y en aplicación desde 2007, afecta a cualquier empresa que fabrique, importe, distribuya o utilice sustancias químicas en la UE. Y eso incluye a muchas empresas industriales que no se consideran a sí mismas «del sector químico»: desde una empresa de pintura hasta un fabricante de componentes metálicos que utiliza disolventes en su proceso productivo.
El desconocimiento del REACH no exime de su cumplimiento. Y en una cadena de suministro donde las obligaciones se transmiten de un eslabón a otro, no conocerlo puede suponer un problema serio, como reconocen los propios especialistas en cumplimiento normativo.
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Toggle¿Qué es el Reglamento REACH y qué objetivo tiene?
REACH son las siglas de Registration (Registro), Evaluation (Evaluación), Authorisation (Autorización) y Restriction (Restricción) of Chemicals. Su objetivo es mejorar la protección de la salud humana y del medio ambiente frente a los riesgos derivados del uso de sustancias químicas en la UE, trasladando la carga de la prueba desde las autoridades reguladoras a las propias empresas: son ellas quienes deben demostrar que sus sustancias pueden usarse de forma segura, no las autoridades quienes deben demostrar que son peligrosas.
La entidad que gestiona el sistema es la ECHA (Agencia Europea de Sustancias y Mezclas Químicas, con sede en Helsinki), aunque la aplicación y la capacidad sancionadora corresponde a las autoridades competentes de cada Estado miembro.
¿A qué empresas afecta? Fabricantes, importadores y usuarios intermedios
El Reglamento establece obligaciones diferenciadas según el rol de cada empresa en la cadena de suministro. Los fabricantes e importadores que producen o introducen en la UE sustancias en cantidades superiores a una tonelada al año deben registrarlas en la ECHA, con un dossier técnico que incluye información toxicológica, ambiental y de exposición. Los usuarios intermedios son empresas que utilizan sustancias o mezclas químicas en su actividad industrial o profesional sin ser el fabricante ni el importador. Su obligación principal es adoptar las medidas de gestión de riesgos indicadas en las fichas de datos de seguridad y verificar que sus usos están incluidos en los expedientes de registro de sus proveedores. Los distribuidores trasladan la información a lo largo de la cadena sin generar nuevas obligaciones de registro, pero sí deben asegurarse de que la documentación que transmiten es correcta y actualizada.
¿Qué obligaciones tiene mi empresa según REACH?
Las obligaciones varían según el rol, pero las más universales son tres. Las fichas de datos de seguridad (FDS): todos los que suministran sustancias o mezclas peligrosas deben proporcionar una FDS actualizada a sus clientes. El etiquetado conforme al Reglamento CLP: complementario al REACH, obliga a clasificar, etiquetar y envasar correctamente las sustancias y mezclas peligrosas. Y la comunicación en la cadena de suministro: tanto hacia arriba (informando al proveedor de los usos que se hace de la sustancia) como hacia abajo (informando al cliente de los riesgos y las medidas de control).
Para las sustancias muy preocupantes (SVHC, Substances of Very High Concern), la Lista de Candidatos de la ECHA recoge actualmente más de 235 sustancias. Si un producto contiene una SVHC en concentración igual o superior al 0,1% en peso, la empresa debe comunicarlo a sus clientes e informar al consumidor si se lo solicita.
REACH y PRL: relación con la seguridad en el manejo de sustancias
REACH y la normativa de prevención de riesgos laborales no son marcos independientes: están directamente conectados. La evaluación de riesgos laborales exigida por la Ley de PRL debe incorporar los riesgos asociados a las sustancias químicas utilizadas en el proceso productivo, y esa evaluación parte precisamente de la información contenida en las fichas de datos de seguridad que exige el REACH. Un trabajador expuesto a una sustancia SVHC sin las medidas de control adecuadas supone un incumplimiento simultáneo de REACH y de la normativa de PRL.
¿Qué sanciones existen por incumplir REACH?
En España, el régimen sancionador está establecido en la Ley 8/2010. Las consecuencias del incumplimiento tienen dos dimensiones. La legal: sanciones económicas impuestas por las autoridades nacionales, retirada del mercado de los productos no conformes y bloqueos en aduanas para importaciones que no cumplen los requisitos de registro o etiquetado. La comercial: pérdida de clientes que exigen documentación REACH como requisito de homologación de proveedores, exclusión de licitaciones públicas y daño reputacional en mercados donde la sostenibilidad química es un criterio de selección.
Cómo formar a tus equipos en gestión segura de sustancias químicas
El cumplimiento de REACH no es una tarea puntual: es un proceso continuo que requiere personas en la organización con conocimientos específicos en clasificación y etiquetado de sustancias, elaboración y lectura de fichas de datos de seguridad, gestión de sustancias SVHC y comunicación en la cadena de suministro. La formación especializada en esta área reduce el riesgo de incumplimiento y posiciona al equipo técnico para responder con agilidad ante cambios en la lista de candidatos o nuevas restricciones del Anexo XVII.